Según el proyecto de ordenanza, se tiene un solo artículo, que señala: "El Gobierno Autónomo Municipal de Oruro a través de la Dirección de Igualdad de Oportunidades debe elaborar, ejecutar, monitorear, socializar y evaluar el Plan Municipal: Oruro Libre de Homofobia, en coordinación con las organizaciones LGBT con personería jurídica de Oruro.
Esta ordenanza se basaría en el artículo 283 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el artículo 34 Parágrafo I de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
Además del artículo 9 numeral 1 de la CPE que establece que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la Ley: Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.
Asimismo se enmarca en el artículo 14 parágrafo II, de la CPE que establece: "El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón del sexo, color, edad, orientación sexual identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de todas las personas.
También se toma en cuenta el Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos "Bolivia Digna para Vivir Bien 2009 – 2013", promulgado bajo Decreto Supremo 29851, donde el Estado asegura la realización de una serie de acciones a favor de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género.
Este proyecto de ordenanza fue presentado al Concejo Municipal de Oruro, para su tratamiento, pero hasta el momento no se tiene respuesta de parte del ente deliberante.
No hay comentarios:
Publicar un comentario