lunes, 28 de mayo de 2012

GLBT busca legalizar matrimonio civil entre personas del mismo sexo

El representante de la comunidad de gays, lesbianas, bisexuales, travestis y transexuales (GLBT), Alberto Moscoso, explicó ayer a Erbol que este sector pretende lograr instituir el matrimonio civil igualitario. Criticó los debates que realiza una parte de la población y sobre todo la Iglesia Católica a través de los medios de comunicación.

“Hay mucha confusión porque se llama a debatir inclusive a la Iglesia. Nosotros no estamos de acuerdo porque no estamos pidiendo la bendición de la Iglesia ni entrar a casarnos a la iglesia. Queremos sólamente las garantías jurídico legales que tienen la mayoría de las personas”, expresó.

Explicó que la necesidad de contar con esta ley tiene como fin que los miembros de su comunidad puedan acceder a tener los mismos derechos civiles reconocidos y que conlleven todas las garantías jurídicas, como las pensiones, herencias, seguro médico, entre otros.

Respecto a la tenencia de menores, Moscoso explicó que es un tema secundario, pero que en algún momento deberá ser debatido. “Hay mucha gente que adoptó niños y que viven con ellos, que estudian. Otros ya salieron bachilleres, son universitarios”, acotó.

También dio a conocer que en Bolivia existen por alrededor de mil parejas de la comunidad GLBT que conviven e incluso en la ciudad de La Paz ya se realizaron matrimonios simbólicos.

“En el sentido que dos personas quieren hacer un intercambio de anillos, etcétera. Incluso se ha hecho esta ceremonia ante la presencia de sus familias, donde se han unido parejas en un pequeño acto simbólico ante la comunidad y su familia, más de 30 parejas ya han pasado por estos actos”, describió Moscoso.

El anteproyecto de Ley para la unión de personas con el mismo sexo es actualmente tratado en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, solicitando la legalidad de los enlaces de pareja reconociendo los beneficios sociales y herencias, sin la necesidad de que se consume como un matrimonio, desde el concepto tradicional de la sociedad.

El artículo 5 de dicho documento señala, entre otros puntos, que los efectos de estas uniones podrán constituir un régimen patrimonial que permitirá compartir rentas, frutos, usufructos y demás beneficios económicos.

“El 28 de junio que es el día del orgullo gay estaremos presentando otro proyecto”, culminó.

En la Cámara de Diputados, se debate la norma, aunque ya salieron voces que destacan la inconstitucionalidad de este proyecto, pues la Carta Magna reconoce la unión de matrimonios compuestos por hombre y mujer, por lo que sería necesaria una modificación a la Constitución Política del Estado (CPE) vigente desde 2009 y que fue producto de la Asamblea Constituyente, donde participaron grupos y colectivos de homosexuales.

El artículo 63 de la CPE cita: I. El matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges.

II. Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a las hijas e hijos adoptados o nacidos de aquellas.

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