viernes, 24 de junio de 2016

Personas transgénero podrán sacar su nuevo carnet desde agosto

El trámite para que personas transexuales y transgénero cambien su identidad en documentos personales demorará 41 días de no haber observaciones y, de haberlas, al menos 60 días. Así lo establece el reglamento de la Ley de Identidad de Género, aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el cual entrará en vigencia el 1 de agosto. El Servicio de Registro Cívico (Sereci), entidad a cargo del trámite, recibirá solicitudes para el cambio desde fines de julio.

El reglamento que viabiliza la aplicación de la ley fue aprobado por el TSE en medio del rechazo de la Iglesia católica a la norma. Mientras, miembros de la comunidad transexual y transgénero que cambiarán su identidad —nombre, género e imagen— en documentos como su cédula de identidad, reúnen los requisitos que el trámite exige. A través de su cuenta de Twitter, el TSE precisó el miércoles que “se trabaja en la adecuación técnica en el Sereci para iniciar registros a fines de julio”.

“Es una buena noticia, lo que ahora corresponde es aguardar la implementación que se va a dar desde el 21 de julio”, indicó a OPINIÓN Laura Libertad Álvarez, representante de la comunidad trans del país.

El reglamento dispone que, en caso de no existir observaciones, el trámite de cambio de identidad de género dure 41 días desde el ingreso de la solicitud hasta la notificación de la Resolución de Aceptación a las instituciones correspondientes. Entre ellas están el Servicio de Identificación Personal, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, la Dirección General de Migración, el Ministerio de Educación y el Servicio de Impuestos Nacionales, entre otras.

La persona podrá solicitar que se notifique con el cambio de identidad a otras entidades que no estén contempladas en la norma. En todos los casos, según el Artículo 9 de la ley, las instituciones notificadas “deberán realizar de oficio el cambio”.

Si el trámite es observado, demorará hasta 60 días. “En caso de que exista algún rechazo u observación, por ejemplo si la persona está pasando por algún tipo de sentencia jurídica, hemos calculado que se pueda demorar máximo unos 60 días”, explicó Álvarez.

DESDE EL EXTERIOR Aunque el reglamento establece que las solicitudes deben hacerse de forma personal y con la autenticación biométrica del o la solicitante, también permite que las personas transexuales o transgénero bolivianas que residan en el exterior accedan al cambio de identidad a través de un apoderado legal y cumpliendo ciertos requisitos: original del poder notarial legalizado por Cancillería y protocolizado por un notario en Bolivia, original de la ficha técnica con las huellas dactilares de la persona y fotocopia de la cédula del apoderado.

POLÉMICA El presidente Evo Morales lamentó ayer que algunos jerarcas de la Iglesia católica del país no sigan el mensaje del papa Francisco y opten por la intolerancia. "Lamentamos que algunos jerarcas de la Iglesia católica no sigan los mensajes de @Pontifex_es y opten por el camino de la intolerancia", escribió en su cuenta Twitter:@evoespueblo.

Apuntes



Requisitos

Las personas que hagan el trámite deben presentar:

- Carta de solicitud de cambio de identidad que indique los datos inicialmente registrados y los nuevos.

- Examen técnico psicológico que acredite que la persona conoce y asume voluntariamente las implicaciones de su decisión.

- Certificado de nacimiento computarizado que acredite la mayoría de edad.

- Certificación de datos personales.

- Certificados de libertad de estado civil.

- Certificado de descendencia expedidos por el Sereci.

- Informe del Registro Judicial de Antecedentes Penales.

- Fotografía con la nueva identidad de género.




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